
El fomento de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en todos los ámbitos universitarios y la composición equilibrada de sus órganos de gobierno, fijado en el artículo 2 de los Estatutos UPV, exige del avance en las políticas de igualdad efectiva cuyo principal instrumento de implementación es el Plan de Igualdad Negociado con la participación paritaria de la representación sindical y de la institución constituidas en la Comisión Negociadora del IV Plan de Igualdad UPV.
La Comisión Negociadora del IV Plan será la encargada de liderar la renovación de las acciones y medidas en materia de igualdad entre mujeres y hombres en la dimensión laboral según lo señalado el artículo 46 de la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Siguiendo el mandato de LOSU, al IV Plan de Igualdad Negociado será sumarán el plan de igualdad de género de la comunidad universitaria y el plan de inclusión y no discriminación del conjunto del personal y sectores de la universidad por motivos de discapacidad, origen étnico y nacional, orientación sexual e identidad de género, y por cualquier otra condición social o personal.
Se configura así toda una estructura instrumental compuesta por el IV Plan de Igualdad Negociado y el Plan Estratégico de Igualdad y No Discriminación de la UPV con la integración de los ejes correspondientes al alumnado y dimensiones no laborales de la comunidad universitaria.
El enfoque adoptado por el Consejo de Gobierno pone el acento en la transversalidad de estas políticas, entendiendo que la igualdad no es un área aislada, sino un principio rector que debe permear toda la actividad universitaria: desde la docencia y la investigación hasta la gestión y la representación institucional.